Para las personas físicas: existen dos regímenes de acuerdo con la actividad y monto de ingresos. Prestadores de servicios. Arquitectos, abogados, médicos, dentistas, informáticos, profesores, ingenieros, administradores, deportistas, terapeutas, enfermeras, actores, músicos, cantantes, psicólogos, pintores, escritores, artistas, diseñadores, etc.
Deben darse de alta en el Registro Federal de Contribuyentes en la página del SAT.
Tras imprimir el acuse de recepción con el número de folio, el empresario debe pedir una cita al (01800) 463-6728, en el módulo de atención que le convenga.
El SAT te entregará la Cédula de Identificación Fiscal y Guía de Obligaciones.
Realizadores de actividades comerciales. Vendedores ambulantes en tianguis, vía pública o en mercados; trabajadores en papelerías, farmacias, tortillerías, salones de belleza, talleres mecánicos, imprentas, tiendas de ropa, sastrerías, restaurantes, cafeterías, cantinas, minisúpers, escuelas, etc.
Pasos a seguir para realizar el trámite
Para su registro
:-Original y fotocopia del comprobante de domicilio fiscal*
-En su caso, copia certificada y fotocopia del poder notarial con el que acredite la personalidad del representante legal o carta poder firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales o ante notario o fedatario público.
-Presentar original de cualquier identificación oficial vigente con fotografía y firma del contribuyente o representante legal
-Contar con cuenta de correo electrónico
-Si no cuenta con Clave Única de Registro de Población (CURP) es necesario llevar acta de nacimiento en copia certificada
Guía de apoyo para inscribirse en el RFC
Documentos para cotejo
Adicional al Registro Federal de Contribuyentes, el negocio debe tributar de acuerdo con el ingreso que se estime obtendrá en el año en cualquiera de los siguientes regímenes fiscales:-Régimen de actividades comerciales: para quienes vayan a realizar actividades comerciales, industriales, agrícolas, ganaderas, de pesca o silvícolas (no hay límite en los ingresos).
-Régimen intermedio: si realizas exclusivamente actividades empresariales y estimas que tus ingresos brutos o ventas totales, incluyendo de bienes y servicios, no excederán los 4 millones de pesos.
-Régimen de pequeños contribuyentes: para aquellos que sólo realicen operaciones con el público en general, es decir, que no proporcionen facturas con el IVA desglosado, y estimen que sus ingresos brutos más intereses no excederán de 2 millones de pesos.
Ingresa a la página del SAT, al menú "Nuevos Servicios", selecciona la opción "Inscripción en el RFC“ y selecciona “Solicitud de Inscripción al RFC”.
Llena el cuestionario electrónico de la inscripción (obtención de hoja previa y número de folio). Registra una cita antes de 10 días y acude al Módulo de Servicios Tributarios al concluir tu tramite. Finalizado éste, recibe tu RFC y Guía de Obligaciones Fiscales.
Finalmente, da click aquí para que inicies la inscripción al Registro Federal de Contribuyentes.
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